Un juez ordena a Petro abstenerse de hacer propaganda electoral y de hablar de fraude sin pruebas
El Juzgado 29 Laboral de Medellín le prohibió al presidente usar su cuenta de X y los canales oficiales para favorecer o perjudicar a los candidatos, a pocos días del balotaje.

A escasos días de la segunda vuelta presidencial, el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín dictó una medida provisional que le ordena al presidente Gustavo Petro abstenerse de utilizar recursos, bienes, canales y plataformas vinculados a su cargo para difundir propaganda electoral o mensajes que favorezcan o perjudiquen a cualquiera de los aspirantes a la Presidencia.
La decisión, a cargo de la jueza Anny Carolina Goenaga Peláez, se adoptó dentro de una acción de tutela presentada por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas. La orden cobija expresamente el uso de la cuenta @petrogustavo cuando esta se emplee en el ejercicio de sus funciones, así como las alocuciones oficiales, los actos públicos y los escenarios internacionales.
El Juzgado 29 Laboral de Medellín le prohibió al presidente usar su cuenta de X y los canales oficiales para favorecer o perjudicar a los candidatos, a pocos días del balotaje.
El fallo va más allá de las publicaciones directas: también prohíbe al mandatario emitir mensajes de contenido electoral mediante analogías, símbolos, dicotomías o calificaciones. Además, le exige abstenerse de difundir afirmaciones sobre un eventual fraude electoral que no estén respaldadas por evidencia sólida y razonable.
Como parte del trámite, el juzgado le concedió a la Presidencia un plazo de dos días para responder y le pidió a Petro informar bajo juramento sobre los usos que ha dado a su cuenta en la red social X. También solicitó un informe a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes sobre los procesos que cursan contra el jefe de Estado.
La medida se suma a un antecedente reciente: el 28 de mayo, el Consejo de Estado ya le había ordenado a Petro abstenerse de hacer propaganda electoral, en línea con las restricciones que la ley impone a los servidores públicos durante los periodos de campaña.
El pronunciamiento judicial llega en un momento de alta tensión política, cuando los movimientos del presidente en redes y en actos públicos son observados con lupa por su eventual incidencia en la contienda entre Iván Cepeda y Abelardo de la Espriella.
Mauro Rodríguez
Equipo editorial de Noticias Jamundí. Información local, regional y nacional verificada para Jamundí, el Valle del Cauca y Colombia.
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