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Política

SIC sanciona al Puerto de Buenaventura por prácticas que restringieron la competencia

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa de más de $25 mil millones a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura por implementar prácticas restrictivas entre 2013 y 2025.

Contenido elaborado con apoyo de IAEsta noticia fue elaborada con el apoyo de herramientas de inteligencia artificial, a partir de información de fuentes periodísticas, y puede ser revisada y editada por el equipo de Noticias Jamundí. Recomendamos verificar los datos clave en las fuentes originales.
MMauro Rodríguez3 min de lectura
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SIC sanciona al Puerto de Buenaventura por prácticas que restringieron la competencia

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó este 21 de julio a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. (SPRBUN), operador principal del puerto más importante del país, por implementar un conjunto de prácticas que restringieron la libre competencia en la prestación de servicios portuarios durante más de una década. La multa asciende a $25.355.552.762, y la autoridad también impuso sanciones a cuatro personas naturales. Adicionalmente, la SIC ordenó la adopción de medidas administrativas dirigidas a eliminar las conductas irregulares y restablecer condiciones efectivas de competencia en este mercado estratégico para la economía nacional.

Puntos clave

• La SIC sancionó a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura S.A. con una multa de $25.355.552.762 por prácticas anticompetitivas

• Las irregularidades incluyeron limitaciones a operadores independientes en servicios de carga contenedorizada, general y a granel entre 2013 y 2025

• La autoridad ordenó medidas administrativas para eliminar conductas restrictivas y restablecer condiciones de competencia efectiva en el puerto

Según la decisión de la SIC, SPRBUN aprovechó su doble condición de administradora de la infraestructura portuaria y competidora directa en la prestación de servicios de operación portuaria para favorecer sus propios servicios y limitar la capacidad de actuación de otros operadores. Esta situación de ventaja regulatoria permitió que la empresa implementara un sistema de prácticas restrictivas que afectaron tanto las condiciones de competencia como a los usuarios que optaban por contratar servicios de operadores alternativos.

Cuatro prácticas restrictivas identificadas

La investigación de la SIC identificó exactamente cuatro ejes de actuación que conformaron un sistema para restringir la competencia. En primer lugar, en la carga contenedorizada, SPRBUN limitó la participación de otros operadores al asumir de manera exclusiva determinados servicios requeridos para las inspecciones de las autoridades competentes. Esta exclusividad creó un cuello de botella para los operadores independientes que no podían acceder a servicios esenciales.

Respecto a la carga general, la empresa otorgó beneficios comerciales consistentes en días libres de almacenamiento, pero los condicionó a la contratación de los servicios de SPRBUN o de ZELSA, una empresa vinculada a esta. Simultáneamente, creó obstáculos para la nominación de operadores mediante el sistema informático del puerto, dificultando el acceso de competidores al mercado.

En el segmento de carga a granel, las irregularidades fueron aún más complejas. SPRBUN promovió condiciones que afectaban al principal operador independiente, incluyendo la realización de un proceso licitatorio cuyas condiciones propiciaban la terminación anticipada de contratos vigentes. También impuso restricciones tecnológicas para el desarrollo de la operación y exigió un doble pesaje que generó costos adicionales sin justificación objetiva.

Ventajas transversales a través del control operativo

Más allá de los servicios específicos, la SIC también identificó actuaciones transversales mediante las cuales SPRBUN fortaleció su control sobre la operación portuaria. Entre estas se encuentran la asignación preferencial de turnos de ingreso y salida de vehículos, programación de citas y atraques que beneficiaban sus operaciones. La empresa también otorgó ventajas competitivas a ZELSA y promovió modificaciones al contrato de concesión que le permitieron consolidar su dominio sobre la operación del puerto.

Las medidas administrativas ordenadas por la SIC buscan eliminar estas prácticas restrictivas, remover los obstáculos que afectaban el acceso de los operadores al mercado y restablecer condiciones efectivas de competencia en la prestación de los servicios portuarios. La decisión marca un punto de inflexión en la regulación del principal puerto marítimo colombiano y sienta un precedente importante sobre el ejercicio de poder de mercado en infraestructuras estratégicas del país.

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Etiquetas:#Política#NoticiasJamundí
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Autor

Mauro Rodríguez

Equipo editorial de Noticias Jamundí. Información local, regional y nacional verificada para Jamundí, el Valle del Cauca y Colombia.

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