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Descubre más →Empleados públicos no pasan automáticamente a jornada de 42 horas: tienen régimen especial
La abogada laboralista Cindy Isaza aclaró que la reducción de jornada que entra en vigor el 15 de julio aplica solo al sector privado. Los servidores públicos tienen regímenes especiales que requieren trámites diferentes.

La abogada laboralista Cindy Isaza aclaró una pregunta que se ha repetido entre trabajadores y usuarios en redes sociales: los empleados del sector público no pasan automáticamente a una jornada laboral de 42 horas semanales a partir del 15 de julio, cuando entre en vigencia la reducción en el sector privado. La experta señaló que los servidores públicos operan bajo un régimen especial que requeriría acciones distintas para cualquier cambio en sus condiciones de trabajo.
Puntos clave
• La jornada de 42 horas que entra en vigor el 15 de julio solo aplica automáticamente al sector privado, no al público
• Los empleados públicos se rigen por el Decreto Ley 1042 y tienen regímenes especiales que no fueron modificados por la Ley 2101 de 2021
• Si los servidores públicos pasan a 42 horas, deberá hacerse por la vía que corresponda a cada régimen especial, no por aplicación automática de la ley
• El cambio en el sector privado implica aumento en valor de hora de trabajo, horas extras y recargos dominicales, pero no reduce salarios
La reducción de jornada laboral nace de la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo. Sin embargo, esa normatividad solo aplica al régimen laboral del sector privado. Según explicó Isaza, en el sector público "las reglas son completamente diferentes" porque sus trabajadores "tienen un régimen especial y su jornada sigue regulada por el Decreto Ley 1042".
Régimen especial para servidores públicos
Los empleados que laboran en alcaldías, gobernaciones, ministerios, fiscalía u otras entidades públicas no recibirán automáticamente la jornada de 42 horas por la simple entrada en vigencia de la ley. Isaza insistió en que "ni la Ley 2101 ni la Reforma Laboral modificaron automáticamente la jornada de los servidores públicos". La Función Pública ha reiterado esta aclaración en sus conceptos oficiales. Si en el futuro el sector público adopta esta jornada, deberá hacerlo por los trámites que correspondan según su régimen especial, no por aplicación directa de la ley del sector privado.
En cuanto al sector privado, donde sí aplica la reducción a 42 horas, la abogada señaló que aunque el salario total no se reduce, sí cambian varias variables asociadas. Al dividir el mismo salario entre menos horas de trabajo, aumenta el valor de la hora, lo que impacta directamente en el cálculo de horas extras, trabajo nocturno y recargos por domingos y festivos. De hecho, desde el 1 de julio el recargo por trabajo en domingo ya pasó al 90%, un cambio que ya está vigente.
Obligaciones que desaparecen para las empresas
Isaza también advirtió sobre efectos menos conocidos de la reforma. A partir del 15 de julio, las empresas con más de 50 trabajadores dejan de estar obligadas a conceder el día de la familia y las dos horas semanales de recreación y capacitación. "Cuidado, dejan de ser obligatorias, pero la empresa puede otorgarlas voluntariamente", aclaró la jurista, enfatizando que no se trata de eliminación sino de cambio en la obligatoriedad.
La abogada laboralista hizo un llamado a verificar la información que circula en redes sociales sobre estos cambios. "En derecho laboral una misma regla no siempre aplica para todos", afirmó, reconociendo que la multiplicidad de regímenes laborales genera confusión. Su recomendación es que los trabajadores consulten directamente con su área de recursos humanos o con asesoría legal antes de asumir cambios en sus condiciones de trabajo.

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Equipo editorial de Noticias Jamundí. Información local, regional y nacional verificada para Jamundí, el Valle del Cauca y Colombia.
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